La incapacidad temporal es esa situación en la que todos pensamos cuando estamos estresados en nuestro trabajo, imaginándola como un tiempo de relajación y descanso…, nada más alejado de la realidad cuando realmente la necesitas.
Cuando un trabajador está imposibilitado de forma temporal para realizar su trabajo y además precisa de asistencia médica se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (a partir de ahora la llamaré IT) o baja.
Podemos llegar a la IT por varias circunstancias:
• Enfermedad Común: CC
• Accidente no Laboral: ANL
• Accidente Laboral: AL
• Enfermedad Profesional: EP
Son todas esas enfermedades que nos achacan alguna vez en la vida y que nada tienen que ver con nuestro trabajo; por ejemplo: un resfriado, una apendicitis, un cólico nefrítico o una diarrea.
En este caso el control médico lo llevan los médicos de atención primaria (los del ambulatorio, centro de salud o CAP) o los especialistas (hablando en general, los del Servicio Público de Salud) y, aunque la nómina siga llegando de la misma manera que siempre, realmente el pago será a través del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o a través de las MATEPS (Mutua de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales), dependiendo del acuerdo al que haya llegado la empresa del paciente.
En el caso de que el control lo lleven las Mutuas, el paciente está obligado a acudir a las citas que se le requieran y a presentar los informes médicos de los que disponga; éstas, a cambio, pueden ayudarle adelantándole alguna de las pruebas de las que esté pendiente o rehabilitación si la necesitara, previo consentimiento de la Inspección Médica.
Se cobra, a partir del 4º día, el 60% de la base reguladora (BR), tomando como referencia la nómina del mes anterior a la baja, pasando a partir del día 21º a cobrar el 75% de dicha BR. Hay empresas que por convenio asumen y pagan la diferencia hasta llegar al 100% de la nómina habitual del paciente.
Cuando sufrimos un accidente en casa, en el cine o porque nos atropella el vecino del quinto.
En esta situación la asistencia y el pago se realizan de la misma forma y por las mismas entidades que ya he comentado en la enfermedad común.
Son todas las lesiones que ocurren bien en nuestro puesto de trabajo o bien en el desplazamiento desde el domicilio habitual hasta que llegamos a él (accidente “in itinere”) o en los desplazamientos que se deban hacer por necesidades del tipo de trabajo (“in misión”), siendo la mayoría debidos a accidentes de circulación.
Los accidentes “in itinere” en contra de lo que mucha gente piensa no dependen del tiempo (ni una hora ni diez) si no de que no se haya roto el nexo de unión entre el domicilio habitual y el lugar de trabajo; por ejemplo: que no se haya parado en el camino a tomar un café o a recoger al hijo del colegio, en estos últimos casos sería rechazado como accidente laboral y catalogado de accidente no laboral.
El concepto de AT se ha ido ampliando tanto por el efecto de la acción médica como por las sentencias dictadas por jueces en estos temas, ya que por su definición legal da lugar a muchas interpretaciones.
En este caso tanto la asistencia como el pago lo llevarán las MATEPS.
Durante el tiempo de IT se cobra desde el 1º día el 75% de la BR, que quede claro que no es el 100%, aunque haya muchas personas que así lo piensen.
Como su nombre indica son aquellas enfermedades provocadas por nuestro trabajo.
Ha de cumplir unos criterios mínimos que vienen marcados por el Ministerio de Trabajo; por ejemplo: ha de estar incluida en el listado de Enfermedades Profesionales del Estado, tanto la enfermedad como el elemento que la ha causado, no vale con que digamos o creamos que está ocasionado por el trabajo. Se ha de llevar más de seis meses desempeñando ese trabajo que ha ocasionado la enfermedad.
Puede haber un periodo de baja llamado de observación, necesario para realizar las pruebas y establecer si realmente es una EP o no.
Se cobra también el 75% de la BR.
Tanto la asistencia como el pago lo realizan las MATEPS.
Ya hemos visto entonces que según la IT que presentemos nos tratará y controlará nuestro médico de cabecera o el médico de la MATEPS (Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) correspondiente.
Para tener derecho a cobrar el subsidio de incapacidad temporal (baja) se requiere haber cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 180 días en los últimos cinco años, y en el caso de los autónomos estar al corriente del pago de las cuotas; pero si el motivo es un accidente esta clausula deja de tener efecto y simplemente el paciente deberá estar asegurado en el momento de sufrirlo.
El tiempo máximo que se puede permanecer en esta situación es de un año (12 meses o 52 semanas), incluidas las recaídas si es que las hay (se considera recaída a volver a estar impedido para trabajar, por el mismo motivo, siempre que sea en un espacio de tiempo inferior a seis meses tras el alta), a partir de aquí el paciente pasará a depender del INSS en cuanto a la gestión de la baja (no así del aspecto médico que seguirá siendo igual que hasta este momento).
Un equipo de evaluación (ICAM en Catalunya y EVI en el resto del país) evaluará su caso e informará al INSS, dónde tomarán la decisión de seguir con la IT (durante un máximo de 6 meses más), darle el alta o iniciar un expediente de Incapacidad Permanente. Sólo podrá haber prórroga si se estima que el paciente va a recuperarse para volver a trabajar durante ese tiempo, en el resto de casos se dará una IP (Incapacidad Permanente) revisable.
Durante el tiempo en que el paciente esté de baja y hasta llegar a las 52 semanas deberá recoger un parte de baja semanalmente y hacerlo llegar a su empresa. Y da igual que no puedas moverte de casa por tu enfermedad, deberás en ese caso pedir ayuda a alguien para que lo recoja por ti, una situación que no he entendido nunca y menos cuando he sido yo la que he estado en esta situación de IT.
Hay determinados supuestos en los que puede ser retirado el subsidio por IT, por ejemplo, cuando a pesar de estar en esta situación el paciente esté trabajando bien por cuenta propia o ajena, o cuando se niegue sin razón justificada a recibir tratamiento para su mejora o deje de presentar los partes de baja a su empresa.
La situación de IT se dará por finalizada por estos motivos:
• Curación: Lo deseable, ya ha desaparecido la causa que provocaba la IT y la recuperación ha sido completa o con mínimas secuelas.
• Mejoría: A pesar de seguir su patología, ya puede volver a realizar su actividad laboral.
• Incomparecencia: Por no acudir a las visitas programadas bien por su médico de cabecera bien por la entidad gestora (MAPSS o INSS).
• Inicio de un proceso de Incapacidad Permanente.
• Fallecimiento: Este motivo ojalá no ocurriera nunca…
En caso de que durante el periodo de IT el paciente dejara de trabajar en la empresa (despido, fin de contrato, etc.), seguirá estando en la misma situación de IT y cobrando directamente de la entidad gestora encargada hasta entonces, pero cambiando la BR. Una vez acabada la IT se le descontará el período de tiempo que ha estado en esa situación del que le correspondiera como subsidio de desempleo en caso de que tuviera derecho a él.
Las empleadas del hogar, los autónomos y los adscritos al SMI (Servicio Social de la Marina) tienen un régimen especial por lo que lo dicho hasta ahora no es siempre así para ellos.
Y hasta aquí unas pinceladas sobre las IT, espero que tengáis que utilizarla muy pocas veces a lo largo de vuestra vida laboral y si tenéis alguna duda que yo pueda aclarar comentádmela y lo intentaré…
Enlaces de interés: Discapacidad, Enfermedades Profesionales RD, Normativa IT Seguridad Social.
Hola !!! He estado de baja por haber fracturado el 5 dedo del pie derecho ,hoy he ido al traumatologo y el traumatologo me dijo que no podría ponerme tacones hasta dentro de mes y medio pero q ya podría hacer vida normal . En mi trabajó los tacones hacen parte del uniforme y son obligatorios, entonces el traumatologo me dijo que sí la compañía me dejarán trabajar sin tacones, podría tener alta, pero si no tendría que seguir de baja. En seguida fui a mi médico de cabecera :
Lo que pasó fue que después de haber ido a mi médico de familia y le conté todo que me había dicho el traumatologo. Entonces el médico de familia decidió darme alta , y me dijo que pidiera autorización a mi compañía para trabajar sin tacones. Lo que pasa es que he ido hablar con mi compañía y tenemos que ir todos con el uniforme igual y no puedo trabajar sin tacones , entonces mañana ire otra vez al medico a que vuelva a a dar la baja. Que debo pedir Nueva baja o extensión de la anterior ya que sólo he tenido uno día de alta ?
Es que me dijeron que se piso extensión no cobrare …
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Si la baja es por el mismo motivo que la anterior siempre que no hayan pasado más de 6 meses tras el alta (que no es su caso) es una recaída.
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Hola, desde hace dos meses estoy de baja, el diagnóstico , una epicondilis. El médico me dio de baja por enfermedad común mandando un informe al INSS en el cual consideraba que dicha lesión es profesional. Después de hacer me pruebas también me han diagnosticado atrapamiento del nervio cubital y túnel carpiano. La Mutua dice que todavía está pendiente de que analicen si la baja es profesional o común. En la seguridad social no saben nada de mi caso , pero me han dicho que el médico tendría que haberme hecho los partes por enfermedad profesional.
El médico puede cambiar ahora la baja de enfermedad común a profesional.????
Muchas gracias.
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Para cambiar la contingencia de común a profesional ha de haber un dictamen del INSS, sólo él en este caso puede decidir la contingencia, su médico de familia no puede cambiarlo y la mutua, que es la que llevaría su caso si se considera enfermedad profesional, no lo hará si no hay resolución del INSS, mientras tanto ha de ser el médico de familia el que la trate.
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hola doctora,resulta que yo estoy de baja por accidente laboral,esguince de tobillo,con secuelas lesion quistica subcondral en la ultima resonancia,en resonancias anteriores tenia osteocondritis de astragalo,en fin un poquito chungo,me siguen los dolores y sugun los medicos eso ya es para siempre,mi trabajo es toda la jornada de pie y con mucha carga,ahora ya voy a cumplir el año de baja y la mutua me a dicho que tengo que pasar por el icam,usted cree que ellos ya abran propuesto la incapacidad?felices fiestas
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Siendo un accidente laboral si hubieran querido darle el alta sin enviarlo a ICAM con propuesta de Incapacidad lo hubieran hecho, le hubieran dado el alta y en caso de que usted no estuviera de acuerdo tendría que haber pedido usted la Incapacidad, por lo que lo lógico es que la haya propuesto la mutua, ahora ya dependerá de lo que decida ICAM y después el INSS, una vez pase por ICAM (Inspección Médica) ya no depende de lo que opine la mutua ni usted, son ellos los que deciden, aunque si no está de acuerdo con la resolución tendra un tiempo para impugnarla.
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Doctora gracias por su respuesta ,el resultado final se lo comunicare aqui,feliz año nuevo
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¡Muchas gracias e igualmente!
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Hola, felicidades por su pagina es muy interesante y de mucha ayuda. Le quería comentar lo siguiente: Me dieron la baja el 14 de enero de 2015, por SINDROME DEPRESIVO, me esta tratando del Psicologo, y también el medico de cabecera, me dicen que a la semana 52 esta situación se termina, que tengo que hacer?. Yo no me encuentro en situación de trabajar, soy autónoma, tengo una tienda que la tengo cerrada, y las cosas se me olvidan, tengo una depresión grande. No se lo que tengo que hacer?, le agradezco su información, gracias
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Ahora la llamarán para que pase por Inspección Médica (EVI o ICAM), recibirá una citación por correo, o si la controlan desde la mutua gestora se la darán ellos y deberá aportar los informes que confirmen lo que usted me comenta, que tiene una depresión mayor (si es sólo un cuadro depresivo no catalogado como depresión mayor será difícil que no le den el alta), y que está incapacitada para trabajar.
Le pedirán un informe del médico de familia y otro del psiquiatra de la Seguridad social.
Me comenta que la lleva el psicólogo y su médico de familia, si no la han enviado a psiquiatría puede que no consideren que el cuadro sea lo suficientemente grave para concederle una Incapacidad. Podrían también enviarla a sus psiquiatras de referencia desde Inspección Médica para que le hicieran una valoración y un informe (los informes de los psicólogos tienen poca influencia en estos casos).
Con estos datos pueden darle el alta, una prórroga o una Incapacidad permanente.
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Hola, Llevo de baja 16 meses, solo me han llamado una vez para inspección que fue a los 9 meses justo cuando me operaron por lo que no me hicieron ir, A los 12 meses nadie me llamo para pasar la inspección, yo llamo a preguntar y me dijeron que son ellos los que me tienen que llamar …… y sigo cobrando todos los meses, ahora me faltan 2 meses para los 18 meses y no se si te dan el alta automática o te llaman para la inspección, Yo creía que la de los 12 meses era obligatoria pero a mi no me han llamado ni he recibido ninguna notificación de que me concedían al prologa, y no se si se han olvidado de mi…. y que tengo que hacer si en el caso de los 18 meses no me llaman…
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Si no la controlan desde una mutua gestora, lo mejor es que vuelva a llamar o acudir al INSS para informarse de su situación.
Siempre es Inspección Médica quien cita a los pacientes, y si han pasado los 12 meses y sigue cobrando es de suponer que su expediente está activo y bien controlado, con lo que la tendrían que citar antes de llegar a los 18 meses (lo más frecuente es que la citen entre los 16 y 17 meses de IT), pero como le decía si no tiene una carta del INSS, donde conste la prórroga, pásese por sus oficinas y le darán la información de en qué punto está su expediente.
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Hola doctora quería comentar un asunto estuve dos meses i medio de baja por enfermedad común ,i me lo an denegado la incapacidad permanente i la reclamación previa también ,tengo que incorporar al trabajo asta el día del juicio por la demanda judicial o no?gracias
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Si le han dado el alta por Inspección Médica y no se incorpora a su trabajo puede ser motivo de despido procedente.
Puede pedir a la empresa que lo valoren en Vigilancia de la Salud para que determinen si está o no capacitado para trabajar, pero si dicen que no y no tiene una baja también pueden despedirle…
O le dan una baja o tiene que reincorporarse a su puesto de trabajo.
Dependiendo del juzgado puede tardar unos 2 años en ir a juicio y tener la sentencia.
Hasta donde yo sé funciona así, igual su abogado le da otra solución.
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Buenas y felices fiestas a todos!.mi pregunta es la siguiente,estoy trabajando en un centro especial de empleo,cobro una incapacidad permanente y total para mi profesión habitual,y desde hace 3 días ,y a causa de un dolor entre la boca del estómago y el pecho,el médico me dio la baja y estoy en estudio por causa de un dolor precordial.( debo aclarar que mi incapacidad es por una con suficiencia cardíaca aguda),llevó 4 meses en la empresa,y mi última cotización fue hace 5 años y medio….PREGUNTA:entraré dentro del varemo de los 180 días cotizados en los últimos 5 años para poder cobrar la IT.Gracias de antemano
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Mi especialidad es la Medicina Laboral, y el tema al que usted se refiere es de tipo administrativo. Lo siento pero no puedo responderle con exactitud, puede preguntar en el INSS y le informaran sin problemas.
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Hola Dra. quisiera preguntarle por mis patologias y si usted ve posible que un juez con un peritaje me me pueda conceder una una IPA en base a lo siguiente VIH estadio C-3, Fribrosis 2 secuela de VHC, síndrome constitucional progresivo con astenia y fatiga crónica, insuficiencia venosa grado 5, en tratamiento con metadona, adenoma prostatico IV, enfisema tipo epop, transtorno adaptativo, prístq, deprax, traxilium 15 0-0-2, noctamid 2 mg 0-0-2 prístq 2 de 100 deprax 1,retro vírales y músculo obtrusor contraído, el Inss me dio IPT pero esque no puedo muchas veces ni levantarme le agradecería su opinión yo no me veo capaz de trabajar de nada con horarios etc..
Muchas gracias y feliz Navidad
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Respecto la opinión que me pide, no soy quién para saber si usted puede o no trabajar con la patología que presenta, usted es el que sabe cómo se encuentra y si está o no capacitado para hacer algún trabajo que no requiera esfuerzo físico. Los pacientes somos los que más y mejor conocemos nuestras limitaciones. Las Incapacidades no se conceden por presentar una patología determinada, sino por cómo afecta esa patología a cada paciente en concreto.
Lo que sí puedo decirle es que los jueces son más benévolos con los pacientes que el INSS (creo que con esto queda todo dicho).
Asesórese con un buen abogado laboralista y haga lo que él diga.
Ánimo, paciencia y suerte, porque de todo esto va a necesitar para conseguir su propósito.
¡Felices fiestas para usted también!
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Hola Dra. Si pudiera trabajar sería lo que estaría haciendo la vida sin trabajo es deprimente quizás pudiera encontrar algo que pudiera hacer pero es muy difícil por no decir imposible después de superar muchas etapas e incorporarme a la vida laboral me encuentro así casi no puedo realizar mi vida diaria. Incluido levantarme a diario y solo quiero aclarar que yo amaba mi trabajo y no por el dinero que ganaba.
Quiero agradecer su respuesta y su tiempo si le preguntó es porque estoy desesperado
Feliz Navidad y gracias de corazón
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buenos dias doctora, tengo una duda, fime un contrato por un mes, y al dia 18 de ese contrato me enferme y medieron una incapacidad por mas de los dias que restan de mi contrato, me pueden dar de baja a un y cuando tengo incapacidad???
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Si al término de su contrato usted sigue de baja, será la mutua o entidad gestora que tenga su empresa la que gestionará el pago, y por supuesto que estando en situación de Incapacidad laboral temporal o baja, el contrato finaliza en la misma fecha.
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Gracias por las respuestas! Les deseo felices fiestas!
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¡Igualmente Iván!
Y que llegue lo antes posible el trasplante.
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Muchisimas gracias por la respuesta ,por esto tenia miedo ..tengo cotizado solo 7meses en 2015 y otros 7 meses desde que tengo 18 años y he cobrado una vez la ayuda de 6 meses…en este caso que va a pasar? Gracias por el animo!
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En ese caso si no llegas al mínimo exigible para una Incapacidad deberás optar a una pension no contributiva.
Te aconsejo que vayas a una oficina del INSS y te informes bien. Mientras estás de baja sigues cotizando a la Seguridad social, pero aún así no creo que llegaras al mínimo. Mejor que te informen como te he dicho en el INSS, o habla con la trabajadora social de tu centro de salud, ella también podrá orientarte.
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Hola tengo una pregunta llevo en baja medica casi dos meses por pacintopemia y al hacer todos los analisis ahora me han descubierto que mi higado esta mallll para transplante solo tengo 26 anos me mandaron ahora para hacer todos los analisis pretransplante hepatico…que va a pasar ahora voy a seguir cobrando baja medica ? Y pir cuanto tiempo? Mi contrato de teabajo caduca en junio…y ahora es cuando mas me gace falta el dinero vivo a 300 km de hospital de malaga donde me hacen los analisis y ademas tengo una casa que pagar ..la letra cada mes…por cuanto tiempo tengo derecho de cobrar la baja medica? Gracias me llamo ivan!
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Hola Iván, de entrada mucho ánimo para enfrentarte a esta nueva etapa de tu vida.
Por otra parte si tienes el tiempo cotizado necesario (en el blog encontrarás cómo hacer el cálculo para tu edad, pero te lo digo aquí:haber cotizado un tercio del tiempo que hay entre que cumpliste los 16 años y la baja, en tu caso si no me equivoco al calcular serían 3 años y pico), seguirás cobrando la baja como hasta ahora y en el momento en que finalice tu contrato pasarás a cobrar a través de la mutua gestora correspondiente a tu empresa. Una vez llegados a los 12 meses si has de seguir con la baja el INSS te dará una prórroga de un máximo de 6 meses o bien directamente una Incapacidad Permanente revisable.
Toda esta información te la pueden dar con más datos, incluyendo cuánto cobrarás en cada momento en el INSS o en las oficinas de la mutua que corresponda.
Mucho ánimo y fuerza, ya verás como después del trasplante todo volverá a la normalidad.
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Hola! Yo tenía una pregunta doctora. Soy funcionaria y por una infección de garganta fui al médico el día 16 después del trabajo. Le dije que me diera una par de días de baja y me comenta que tiene que ser desde el mismo día 16, cuando yo fui a trabajar. No se puede dar la baja un día posterior al que has Ido al médico? Pierdo mucho dinero por día y no entiendo esta situacion. Gracias
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La baja siempre se da el día que se visita al paciente, no se pueden dar con una fecha posterior nunca.
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O,a buenas tengo una duda y abre si me podría ayudar. El día 31 de octubre mmi medico de cabecera me dio la baja x contractura cervicales y dorsales. Mi profesión es auxiliar de enfermería en un geriátrico es decir k es comer peso y peso. El día 30 de noviembre me llamaron a la inspectora x la seguridad social y me dijo k seguíria de baja un tiempo mas. Tengo pendiente radiografía y rehabilitación y mi pregunta es …. Cuando me volverá a llamar la inspectora¿me dijo k me mandarían un informe a mi domicilio y a la doctora de cabecera. Gracias
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No se puede saber cuando la volverán a llamar de Inspección Médica, lo mejor es que no haga falta que la llamen porque antes de que eso ocurra usted esté bien, y de alta.
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Ola buenas tardes ayer día 22 de diciembre fui a mi medico de cabecera y nada ya tenía el parte de alta por la inspeccion médica en la cual ponía k debo incorporarme a mi puesto de trabajo el día 31 de diciembre en la cual mi medico me dio tanto partes de de confirmación y de alta con fecha del 30 de diciembre. Mande x fax a mi empresa todos los partes hasta parte de alta por adelantado. Mi pregunta es…. Aun habiendo dado a mi empresa x adelantado el parte de alta…. Tengo derecho a impugnar dicha alta¿ cuál sería mi plazo para presentar mi impugnacio¿ donde debería de presentarla¿muchas gracias y un saludo
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La impugnación al alta dependiendo de si ha sido instada por la mutua gestora y de la duración de la baja previa, tiene un plazo de 4 o 10 días hábiles para presentarla, bien en el INSS o en la entidad gestora.
Como no sé cúal es su caso lo mejor es que vaya lo antes posible a las oficinas del INSS y se informe. Allí mismo podrá presentarla.
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Soy pilar Hola buenas tarde te cuento mi marido cayó enfermo hace cuatro años 3 años estuvo de baja dos años sin cobrar nada hace unos año y medio paso el tribunal médico y se lo denegaron por no tener 15 años cotizado le faltaba un año a la vida de hoy lo sacaron en diciembre a trabajar y recayó estuvo hasta febrero pagándole la empresa le cumplió el contrato y paso a manos de la seguridad social y ahora a vuelto a solicitar el tribunal médico y le contestó que hasta dentro de 6 meses no puede hecharlo mi pregunta es que al el tiene sólo para cobrar hasta enero y si lo van a tener otro 6 meses quien le va a pagar el tiene el hígado mal exquitofenia por favor contestame
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Hola, le comento que aparte de bo entender bien su pregunta, yo soy médico, no asesor laboral. Usted necesita consultar con un abogado laboralista o bien ir a las oficinas del INSS y que allí le aclaren sus dudas.
Yo sobre pagos no puedo ayudarle, lo siento.
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Muchas gracias por su respuestas , pero ya imagino que ese tema es cuestión de personas especializadas como por ejemplo abogados especialistas en ese terreno o bien el personal del inss.
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Hola mi comentario es el siguiente a mi tras agotar el tiempo máximo de baja médica por enfermedad común me deniegan la ip y me dan de alta automáticamente como no podía trabajar la inspectora me da una nueva baja por la misma patología por 180 días que ya pasaron más que de sobra a la semana de cumplir el tope me llaman para pasar revisión y como tenía pendiente varias pruebas me dicen que me llamaran en dos o’tres mese para que les de los nuevos informes médicos de lo que me están tratando ya que lo que tengo son secuelas de la quimioterapia y del trasplante de médula por el cual no tengo fuerzas y si muchos dolores , mi pregunta es no es raro esto que ya tenga más de 805 dias en total y que aun sigan dando largas y por qué no comprobó el tribunal médico los informes cuando los tenían y decían claramente que no estaba acto para el trabajo o es que esto es como la loteria atu si a ti no en fin quien me aclara esto
gracias
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Para conceder una Incapacidad Permanente han de estar agotadas todas las posibilidades terapéuticas, y las secuelas que presenta el paciente han de ser irrecuperables. Le comento esto porque puede que fuera lo que pasara en su caso. Aunque lo que normalmente se hace es dar una Incapacidad Permanente revisable en el tiempo en que se crea oportuno. ¿Por qué en su caso no lo hicieron? Pues no lo sé, debería preguntarlo a quien lo hizo así. Pero desde luego no es lo habitual.
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gracias por responderme tan pronto , pues la verdad es que esta mañana mismo pregunte que paso y me dijeron que abrieron un nuevo proceso por la misma patología es algo que no entiendo si ya esta por que otro nuevo y tambien me dijeron que tendría de plazo de baja hasta marzo que serán cuando le digan algo o la manden a trabajar osea que esto parece ser la pescadilla se muerde la cola
saludos Rafael
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Buenos días;
Mi consulta es que me operaron del pie por un accidente no laboral y llevo de baja un mes, según los médicos tengo una recuperación de unos diez meses.. Mi contrato me cumple el 20 de diciembre y en mi convenio la empresa asume el 100 por 100 de la nómina. Me gustaría saber si cuando finalice mi contrato voy a seguir cobrando el mismo dinero ya que lo mas probable es que me despidan. También tengo derecho a paro ya que llevo trabajados dos años en diferentes empresas.
Muchas gracias.
Un saludo.
Vanesa.
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Cuando termine su contrato si sigue de baja pasará a cobrar de la mutua gestora de la empresa. Se cobra el 65% de la base reguladora si tiene menos de 55 años y el 75% si tiene más.
El tiempo que esté en esta situación de IT (Incapacidad temporal) directa, se le descontará después del tiempo al que tenía derecho de paro.
Ahora cobra el 100% porque su empresa asume la diferencia entre lo que cobra de la SS y su sueldo.
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Mi problema es con ibermutuamur que me deniega el pago por enfermedad común argumentando que ya tenia la enfermedad cuando empecé a trabajar recurro y me contestan que se suspende cautelarmente hasta la inspección de trabajo bueno son ya dos meses sin cobrar y sin dar noticias aunque yo sigo mandado escritos a atencion al paciente porque cuando empeze a trabajar no se me hizo ninguna revision medica ,fui yo el que presente mi discapacida por el imas lo cual la empresa se aprovecho yo creo que la mutua al ver que tome la baja al mes y veinte dias se puso en plan de acosarme y ademas la empresa me hecho a la semana de estar de baja gracias
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A eso que usted cuenta se le llama preexistencia médica, y es cuando una persona es contratada para un trabajo que no puede realizar por tener una enfermedad que se lo impide.
Es obligación del trabajador informar a la empresa de sus limitaciones, y no es la empresa la que tiene que hacerle un reconocimiento médico.
Puede que un abogado laboralista pueda ayudarle a conseguir lo que quiere, yo sólo puedo decirle qué así es como lo hacen, y no es solo su mutua sino todas, amparándose en la ley..
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Hola buenas!!! Tengo 32 años….Llevo 6 meses de baja por intervencion quirurgica de escafoides, me tienen que volver a operar porque no a consolidado el injerto radio-distal con tornillo que me hicieron, en 3 o 4 meses…despues de las dos opciones que me exponen, decidimos fijar la muñeca, yo soy mozo de almacen y manipulo peso, tendria opciones de solicitar una IPT, ya que traumatologo, fisio, medico de cabecera,me han dicho que perdere mucha movilidad? Gracias y saludos!!!
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La opción siempre existe…si fijan la articulación del escafoides se pierde movilidad, pero se ha de esperar a ver como queda porque afectaría más a trabajos de movimientos «finos». También podrían darle una IP Parcial. De momento espere que vaya muy bien la intervención y no se preocupe todavía de la Incapacidad porque falta tiempo para llegar a ella.
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Gracias por el consejo!!!!
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Hola doctora.he estado dos años de baja por rotura de ligamento en el pie.me han operado y sigo con muchos dolores y no tengo fuerza en el pie y me han dado de alta y soy conductor y no me puedo ni subir al camion y me recetaron los medicos pastillas para los dolores y no puedo ni conducir.la empresa me deja 8 horas sin hacer nada y me dicen que vaya al medico para que meden la baja.voy al medico y me dan la baja por depresion y me dicen que tengo que pasar una inspecion del INS.Y que a lo mejor si medan la baja pero sin cobrar.me dieron el alta sin estar recuperado y con pruebas pendientes.me pueden dejar de pagar por ser una baja nueva por depresion .muchas gracias
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Si después de 2 años de baja sigue sin poder trabajar debería optar a una Incapacidad Permanente, no se pueden dar bajas que superen los 12 meses sin pasar por Inspección Médica, supongo que fue su caso y le dieron 2 prórrogas,una a los 12 meses y otra a los 18 meses, en estos casos es el INSS a través del EVI o del ICAM (dependiendo de donde viva) el que debe decidir, y no su médico de familia.
Lo único que puede hacer es optar como le digo a una Incapacidad.
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Si doctora me han denegado la incapacidad y la tengo recurrida por lo penal haber si sale el juicio.he trabajado dos meses y ahora estoy de baja por depresion he empezado hoy y me dicen que a lo mejor ni cobro que me tiene que ver un inspector esto puede ocurrirme a ser una baja nueva.gracias doctora
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Efectivamente le pueden denegar la baja «administrativa», es decir que estaría de baja médica pero no cobraría, porque ya ha agotado el plazo máximo que permite la ley. Y aunque sea por otro motivo diferente a la anterior, se la pueden denegar por acumulación de procesos.
Es lo que marca la ley…
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Hola doctora,
Estoy embarazada de 27 semanas y hace 10 días tuve que ir a urgencias porque viniendo conduciendo a casa desde el trabajo (a 50 minutos de casa) pasé un mal viaje porque me mareaba.
En urgencias miraron mi última analítica que estaba pendiente de recoger porque hacía unos días que me la había hecho y me dijeron que tenía infección de orina, y que me daban la baja 4 días y al 4º día fuese a mi médico de cabecera.
Así lo hice y mi médico me siguió dando la baja para una semana, y hoy justo he ido y me la ha dado otra semana más.
Me ha comentado que posiblemente ya no me incorpore porque ya no solo por la infección, de la cual estoy a la espera del resultado de otros análisis para ver si ha desaparecido, sino que los viajes no son buenos, ni los dolores de espalda y demás que ya siento. Entonces le he comentado que si la baja me la va a ir dando semana a semana hasta que dé a luz o me la empezará a dar para más tiempo, y me ha dicho que como ella no me la hizo, que la hicieron en urgencias, y el motivo que pusieron fue infección de orina, que no lo puede cambiar, que tendría que llamar a inspección para solicitar el cambio.
Soy maestra, y desde mi centro me piden que por favor, le diga al médico que si me la pueden poner para más tiempo, y más si saben que ya no me voy a incorporar, porque si me la van dando semana a semana no puede solicitar a nadie para que me sustituya, ya que en inspección educativa piden que para pedir una sustitución tiene que ser por lo menos la baja de un mes.
Me ha chocado mucho lo que me ha dicho, porque creo que no será tan difícil modificar un parte de baja, y sobre todo, porque yo quiero que quede reflejado que estoy de baja por embarazo y no simplemente por una infección de orina que desaparecerá, pero ante la duda, le pregunto.
Muchas gracias.
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Acaban de implementarse los cambios aprobados hace meses sobre las bajas y de momento cada centro de salud va adaptándose poco a poco.
No puedo ayudarla porque es su médico de familia el responsable de cualquier cambio, por lo que tendrá que hacer caso a lo que le diga.
Pero tenga en cuenta que si como motivo ponen embarazo será considerada baja maternal y le descontarán los días que le corresponden por ella.
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Hola doctora, estoy de baja por.un accidente de trabajo, y tenia una operaciopendiente y ahora la mutua me quiere dar de alta para la operación tendría problemas para luego volver a la mutua o que debería hacer porque creo que no me la quieren aplazar en la clínica
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Lo que se hace en estos casos es dar el alta por mejoría (no por curación) en la mutua de accidentes, y coger la baja por enfermedad común, una vez recuperado completamente de la intervención si quedan secuelas del accidente podrá volver a visitarse en la mutua.
Pero en la mutua han de estar de acuerdo en que puede operarse sin que por ello vaya a enpeorar la clínica de su accidente.
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Hola:
Tengo asma severo persistente y arritmias. Llevo dos meses de baja y tomo grandes dosis de medicación para ambas cosas, lo que ha debido producir que fallen las pastillas anticonceptivas y quisiera saber cómo afecta esto a mi baja y también al embarazo por si es de riesgo. Ando algo perdida….
Muchisimas gracias
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Para tener una respuesta deberá consultar con un ginecólogo. Le aconsejo que no busque diagnósticos ni tratamientos por internet.
En cuanto a la baja, si no está controlado el asma su médico se la mantendrá lógicamente.
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Buenas tarde doctora.Estoy de baja desde enero del año 2015 por dos hernia discales lumbares ,estoy en lista de espera para operarme hace un mes tuve una recaida y me pusieron la epidural y me encuentro algo mejor ,pero con molestia y un poco de dolor .La empresa me ha ofrecido un trabajo acorde con mi situación .¿Si pido el alta médica voluntaria y recaigo puedo tener problemas con la seguridad social y en caso de que tuviese que pasar el tribunal médico ?
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El hecho de coger un alta, consensuada con su médico, no le traerá ningún problema en caso de tener una recaída. Explíqueselo a su médico de familia y le ayudará.
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Muchísimas gracias doctora
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Mi caso es el siguiente, soy conductor profesional de autobús, en la actualidad estoy con IT desde el mes de junio, por ansiedad y depresión recurrente (desde hace años estoy con psiquiatra a causa de depresiones por varias enfermedades graves que gracias a Dios vamos superando).
Hasta ahora tomaba solo una pastilla para dormir sin mas, pero en la actualidad, tomo entre 7 y 8 según días tanto para dormir como para tranquilizarme durante el día.En principio no es mi deseo pedir una incapacidad, (espero poder levantarme otra vez), mi duda es si en una revisión de mutua o inspección, proponen mi alta, que debería hacer yo?, y lo pregunto porque considero una irresponsabilidad el conducir en las condiciones en que estoy tomando la medicación
(diazepan10 1-1-1,
cymbalta60 1-1-0,
mirtazapina30 0-0-1
,ziprexa2,5 0-0-1,
lamictal25 0-0-1
transilium10 0-1-0) y esta es imposible dejarla de un día para otro
Gracias por tu tiempo
Saludos
Javier
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No creo que con la medicación que toma y su profesión le den el alta en Inspección Médica, pero en el caso de que lo hicieran tendrá unos días para reclamar y explicar que su medicación y la conducción son incompatibles.
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Buenos días Doctora, mi consulta está relacionada con mi marido, le expongo el caso. Hace como un año en una resonancia cervical mandada por su traumatólogo se observo una anomalía del cerebro ,este especialista lo remitió al Neurocirujano , en junio de este año este médico efectivamente le confirmo la anomalía y que se debía cerciorar del problema pero que seguramente tendrían que operar , no obstante tendrían que hacer una angiografía para valorar. Esta prueba es efectuada a finales de agosto, en ella diagnostican una Fistula Dural del Tentorio y el único tratamiento es la cirugía. Desde ese momento mi marido entra en un estado de nerviosismo ante las circunstancias que debe de estar con tratamiento también le dan la baja laboral puesto que la intervención se hará en breve. Le han llamado varias veces de la mutua y el ha entrega do sus informes y no ha habido ningún problema. El lunes 16 de noviembre 2015 al recoger la baja el médico de atención primaria no se la ha podido dar porque en la inspección han decidido darle el alta por la tardanza del médico o el sistema y debe incorporarse al trabajo A mi doctora me gustaría saber si eso es legal y lo puede hacer la inspección de esa manera y por otro lado que riesgos puede correr el incorporarse en el trabajo con una gran presión una persona bastante depresiva, y si no es legal donde tengo que reclamar. Muchas gracias de antemano
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El hecho de estar en lista de espera para una íntervención no es motivo de baja laboral, usted comenta que hace 1 año que ya tenía la patología e incluso podría ser congénita y estaba trabajando. Sólo si el neurocirujano especificara en un informe que su marido debe hacer reposo absoluto hasta la operación podrían mantener la baja.
Pero si ahora lo que tiene es un problema de ansiedad su médico de familia debe tratárselo para que no interfiera en su vida laboral, si no lo consigue le puede dar una baja por ese motivo.
Y en caso de que quiera presentar una reclamación debe hacerlo en el mismo EVI o ICAM donde le dieron el alta (tiene unos días para hacerlo), o bien debe de acudir a la vía judicial, para lo que necesitaría consultar con un abogado laboralista.
También puede presentar una queja ante el defensor del paciente por la tardanza en realizarlw la intervención.
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Buenas tardes,
Sufrí un accidente de trafico yendo a trabajar, actualmente estoy de baja laboral y con rehabilitación por dolor en el cuello, pero segun me ha comentado la doctora la semana que viene me dara el alta y seguire solo con rehabilitación.
Me han ofrecido un trabajo mejor, por lo que he pedido la baja voluntaria en el contrato para dentro de 15 dias, mi pregunta es, puedo seguir con la rehabilitacion en la misma mutua aun cambiando de trabajo o me van a cortar la rehabilitacion? Por otra parte, si tuviera alguna complicacion futura, deberia de reclamar a esta mutua no?
Muchas gracias
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Lo normal es que la mutua que lo trata no ponga ningún inconveniente en que siga haciendo rehabilitación con el alta laboral, siempre que ellos estén de acuerdo en darle el alta, y además consideren que precisa más rehabilitación.
Si presenta una complicación por el accidente laboral durante los 6 primeros meses debe atenderlo la misma mutua que lo ha atendido hasta ahora, pasados esos 6 meses debería ser la mutua que le corresponda en ese momento.
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Hola soy autónomo y como la gran mayoría de autónomos no cotizo por AT y EP, entonces llevo un año y un mes aproximadamente de baja por CC por algo que sería EP si cotizara por ello .Mi pregunta es ¿aunque no halla cotizado por EP, si me jubilaran podría reclamar que me lo consideraran como EP? Ya que me cambiarían mucho las bases de cotización,que las he subido en los ültimos dos años.Gracias
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Si no ha cambiado recientemente la ley al no cotizar por EP no puede beneficiarse de ella, pero mejor infórmese en cualquier mutua que seguro le informan con más conocimiento que yo.
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Hola esta es mi duda Si en e el seguro me dan de alta pero me quedan secuelas del accidente de trabajo ya esta catalogado como tal si la empresa me da de baja el seguro sigue respondiendo con atencion medica por la secuela
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Si ha tenido un accidente de trabajo, y así consta en la baja y además lo han tratado en la mutua de accidentes que le corresponde, cualquier problema o secuela que aparezca relacionada con dicho accidente siempre ha de ser tratada por la misma mutua (o si han pasado más de 6 meses, y está trabajando en una empresa con otra mutua por ésta), independientemente de que siga en su puesto de trabajo o no.
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hola buenos días..tengo un caso un poco raro..
el domingo pasado mientras ejercía me doble un pie y me fx el 5º metatarso drecho,lo que conlleva una escayola durante un mes y la correspondiente incapacidad temporal.
Por motivos de trabajo, resido en La Rioja pero mi domicilio habitual es en Andalucía.
No puedo conducir hasta casa como es evidente, no puedo bajar en autobús ni en tren pues son viajes de 10-15 h y no puedo llevar la pierna elevada ni mantener reposo como el traumatologo me indico en el informe medico al alta.
llevo 1 semana luchando para que me pongan una ambulancia que me baje a casa, pues mi medica de cabecera de Andalucía me dice que ella no me ha visto y que no puede tramitarlo, y el servicio de salud de aquí de la Rioja dice que es mi medica de cabecera y mi servicio andaluz de salud el que debe tramitarlo todo..
El traumatologo también se niega ha darme por escrito que el se hace reponsable de las posibles complicaciones que conlleve el bajar en coche durante 9/10 h sin la pierna elevada y en reposo por negarse a ponerme una ambulancia..
La aseguradora también se negó en rotundo a ponerme la ambulancia alegando que no me hace falta, que puedo hacer vida normal, que una escayola no inhabilita para las actividades de la vida diaria.
Me leído varias leyes y demás de ambas comunidades autónomas pero en todas dicen que la potestad de la ambulancia la tienen el medico..
No se ya como afrontar la situación.
gracias
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No veo necesario por presentar una fractura de un 5° MTS necesitar una ambulancia para ningún tipo de desplazamiento…tanto en autobús, coche o tren puede llevar la pierna ligeramente elevada.
Dudo mucho que consiga que alguien se la autorice.
El reposo que se aconseja en estos casos es relativo, lo que quiere decir que no necesita estar prostado ni estirado todo el día, al revés, es aconsejable que se mueva.
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Hola doctora , tengo 55 años, soy cocinero,Y mi caso es el siguiente, rotura parcial del tendon supraespinoso con adicional rotura longitudinal intrasustancia rotura parcial del tendon subescapular. Busitis subracomio subdeltoidea,cervicalgia cronica por espondiloartrosis, cervicalgia cronica, radiculopatia motora cronica C5 y C6 ambos lados, leve en el derecho y muy leve en el isquierdo, C7 de ambos lados y C8 – T1 muy leve, radiculopatia motora cronica L5 S1, ambos lados leve, radiculopatia sensitiva cronica S1 bilateral severa,lumbocitalgia bilateral.Bloqueode la marcha por discopatia lumbar severa,hipoestesia en las manos , peor en la derecha, cambios degenerativos generalizados,protuciones discales glovales en la practica totalidad de los espacios.estenosis de canal moderada en el segmento L2-L5.Osteartritis degenerativa de articulaciones interapofisarias (gamma grafia osea) con el siguiente dianostico:las imagines adquiridas muestran signos de artritis con sinovitis en 1ºs carpometacarpianas y algunas IF (en 2º y 3º dedos de ambas manos) acromioclavicular y esternocostoclavicular derechas y tarso isquierdo. Se aprecia tambien signos de espondiloartrosis en columna lumbar.RESUMEN poliartritis con actividad inflamatoria aguda. espondiloartropatia lumbar.Llevo 15 meses de baja despues de operarme de estenosis L3-L4 y L4-L5 INTERVENIDA EN EL 2014. Actualmente estoy en tratamiento con el reumatologo, el primer tratamiento no me fue bien con corticoides, me dijo que lo dejara y ahora me va a mandar otro.Tambien estoy esperando radiografia de caderas y rodillas porque estoy con muchos dolores. Mi pregunta es crees que me daran alguna incapacidad porque me encuentro muy mal de animo por los dolores muchas gracias.
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Aunque sólo con los diagnósticos es muy aventurado dar una opinión, creo que sí tiene posibilidades de conseguir una IP, pero lo mejor es que se lo pregunte tanto a su reumatólogo como a su médico de familia, ya que son los que pueden valorar como afecta su patología a su actividad laboral.
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Hola muy buenas,
Una pregunta muy simple:
la baja por enfermedad común o accidente no laboral, ¿puede comenzar en los 2 días que descanso o debe ser emitida el mismo día que empiece a trabajar?
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Ha de empezar el día que se produce la enfermedad o el accidente no laboral, eso es lo ideal.
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Si tengo artrosis en las manos m pueden rescindir un cntrato fijo público por oposicion
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En España el tener una enfermedad no es motivo de despido, pero eso no quiere decir que no la puedan despedir…
Si no puede realizar su trabajo por una enfermedad sobrevenida (que no presentaba en el momento de ser contratada) puede optar a una Incapacidad.
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Hola querida necesetaria solucion a mi caso no se como puedo ponerme en contacto contigo
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Por aquí o por mi correo electrónico que lo encontrará en el blog en la página de contacto
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buenos dias tuve una baja por accidente initirene me dieron elalta por mejoria en la mutua entonces cambio de empresa y a los tres meses vuelvo a caer de lo misma patologoia y el medico de cabecera me da la baja por enfermedad comun el inss me da la absoluta por enfermedad comun y ahora tengo juicio por lo social para QUE ME DEN LA ABSOLUTA por accidente que puede pasar ya que es la misma patologia y cuanto puede ser la pension teniendo de nomina 1488 euros en base reguladora gracias por su respuesta
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Ha de esperar a que le llegue la resolución, cobraría diferente si su incapacidad deriva de un accidente de trabajo o de enfermedad común sólo si sus bases reguladoras son diferentes. En muchas empresas se cotiza lo mismo por las dos, en esos casos no hay diferencia entre que la IP sea por enfermedad común o por accidente de trabajo.
Para calcular lo que cobraría se necesitan sus cotizaciones de varios años, yo no puedo calcularlo, pero puede ir a una oficina del INSS y allí se lo dirán.
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buenos dias gracias por su comentario esto fue un accidente de trafico initirene tengo juicio el 9 de diciembre y en mi base reguladora pone1488 la nomina anterior al mes de accidente creo que si es por accidente te pagan el cien por cien de la base reguladora que segun en su dia la mutua me salia el dia a 49.60 gracias por su comentario.
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hola! mi caso es el siguiente: tengo 21 semanas de embarazo, pero desde hace 4 semanas tengo la baja por enfermedad, quisiera saber que hacer para solicitarla baja por la mutua, porque hasta donde tengo entendido debo de estar de alta para solicitar la misma, pero mi puesto de trabajo es limpieza de zonas comunes en el cual paso 8 horas de pie de un lado para otro. Que tengo que hacer en este caso. gracias
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Lo que puede solicitar a través de la mutua es el subsidio de embarazo. Para saber si pueden concederselo, ya que en cada profesión varía, vaya a la mutua que le corresponde y allí le darán toda la información.
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Hola Doctora buenas tardes. Tengo una gran duda. El próximo 27 de noviembre recojo ya el parte 52. La empresa donde trabajaba al 3er día me mando a la calle. Me lo paso todo a la mutua, la cual cobro desde entonces. Después de casi 1 año de pruebas y enfermo, realizándole todas las pruebas en la seguridad social, me diagnostican síndrome de meniere, hiperreflexia y hipoacusia neurosensorial bilateral severa. La mutua me ha citado para el lunes 2 de noviembre. Mi doctora de cabecera me dijo que me llamarían del INSS antes del 27 de noviembre casi seguro. Yo tengo por otros motivos ajenos a esta enfermedad un 57% de minusvalía; pero hasta que empecé con el meniere hacia vida normal. Que se supone que hará el INSS ???? Soy de un pueblo de valencia. Me he vuelto dependiente. No puedo conducir y sufro constantes mareos y vértigos. Contemplan la minusvalía anterior????? Informan de los papeles que hay que aportar???? Perdone el discurso; pero ando agobiado y con mucha incertidumbre. Muchas gracias. Saludos.
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Si lo están controlando desde la mutua no debe preocuparse ya que ellos enviaran todos sus informes y un resumen de su historia clínica a Inspección Médica o al INSS.
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Hola estoy embarazada de 24 semanas, hace cuatro semanas estoy de baja médica por mareos y vértigos. Tengo 41 años, tres abortos anteriores y con tratamiento de heparina. Me llevan en consulta de riesgo por edad y abortos anteriores. He estado trabajando hasta semana 20, que me encontré mal estando trabajando y guía médico de cabecera, me dio baja por enfermedad común.me llamaron de la mutua para revisión en la segunda semana, fui y no me dijeron nada más. Ayer recibí carta de Unidad médica de valoración de incapacidades para citarme el próximo viernes. Me piden que lleve informes médicos, y yo no tengo ninguno. Los 2 ultimos partes de confirmación me lo dieron otras doctoras, por encontrarse la mía de vacaciones. Ella no vuelve hasta el viernes que es precisamente el día de la cita con el UMVI. Gracias de antemano por su ayuda.
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Lo siento, llego tarde para responderle…
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Si me deniegan la incapacidad permanente que tengo solicitada al evi ,puedo seguir cobranndo la baja ,llevo solode baja dos meses que la mutua no me.paga y la incapacidad propuesta al evi hace un mes gracias
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Eso lo decide también el EVI, puede dar el alta o la continuación de la baja, además de la Incapacidad.
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Buenos días María José! Tenemos una situación algo complicada y me gustaría preguntar la en referencia. Mi mujer está embarazada en semana 32, pero por su trabajo estamos desplazados a un país extranjero (fuera de Europa, pero cotizando a ss de España) donde hasta ahora le llevaron el embarazo en clínica privada. Pero el parto lo estamos planeando en España, donde quieremos desplazarnos ahora. Al llegar a España pensábamos pedir la baja laboral hasta que salga de cuentas, porque tampoco podrá volver a volar hacia su ubicación actual. Nuestras preguntas son:
1. Podemos pedir la baja en este caso?
2. Puede ser baja normal para que la de maternidad sólo empieza a partir del parto?
3. A que médico hemos de acudir en su solicitud: al de família o ginecólogo?
Gracias de antemano por tus respuestas!
Saludos,
Agustín
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Una baja «normal» o sea por contingencia común no puede deberse sólo al hecho de estar embarazada, se ha de dar cuando ese embarazo provoque clínica no relacionada con él, por ejemplo dolor de espalda.
El médico que le ha de dar la baja es el de familia, no el ginecólogo, ya que no hay una patología ginecológica.
A través de la mutua gestora de la empresa de su mujer puede informarse sobre si puede acojerse al subsidio por embarazo, que se da dependiendo del riesgo que conlleve la profesión de su mujer para el embarazo.
Suerte y espero que todo les vaya bien.
Perdón por la tardanza en la respuesta pero mi salud no me ha permitido hacerlo antes.
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Hola quisiera saber porque el evi me ha llamado a revision ,segun dice la doctora que para control de baja de la que estoy. Dos meses y la mutua me deniega el pago porque dicen que yo cuando enpece a trabajar tenia ya mi enfermedad. ,pero porque la inspectora me.dice en el evi que mi procedimiento de incapacidada permanente no tiene que ver nada para que me llamen en 15 duas dos veces ,gracias
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El por qué lo cita el EVI ya se lo ha dicho su doctora: control de la baja, pueden citarlo cuando quieran y las veces que consideren oportunas.
Y también tienen razón en que una cosa es una baja y otra una solicitud de Incapacidad permanente, aunque si el EVI lo hubiera visto claro ya le hubiera dado la Incapacidad en esa visita, ¿puede que le haya pedido algún informe más para valorarlo?
Pregunte las dudas a su doctora porque de momento lo que le ha dicho es todo correcto
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Hola!soy trabajadora eventual del servicios gallego de salud. Tuve un accidente de trafico estando en el paro sin cobrar ningún tipo de prestacion. La cosa es que me llamo el Sergas para trabaja el día después del accidente,tuve que ir a mi medico de cabecera para pedirle un justificante y ella me hizo una baja..que fue loq presente de justificante..ahora el seguro quiere q me trate con sus médicos..sigo estando de baja medica aunque me traten los médicos del seguro..esq yo puedo estar de suspensión de llamamientos de mis listas de contratación temporal siempre y cuando tenga una baja medica..gracias de antemano
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Efectivamente, simplemente tiene que ir a las oficinas del SERGAS, explicar la situación y llevar la baja.
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Si me están mirando en la mutua para operarme de un accidente laboral qué tuve el año pasado y ahora me tienen que operar otra vez y una enfermedad laboral qué también tienen que operar y la empresa me da de baja. Quien me tiene que pagar?
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Le ha de pagar la mutua, pero si su empresa le despide o se acaba du contrato, el tiempo que esté usted de baja laboral se descontaria después del tiempo que le corresponda de paro, en caso de que lo necesitase si no encontarara trabajo.
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Gracias por la información. Ya veremos como actúa la mutua cuando llegue el día de la operación
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Tengo una disfuncion del tibial posterior , me puse infiltracion y me operaron de una infeccion con 16 cm de sutura. El Icam me da el alta pero no estoy del todo bien molesta al andar y se inflama. Me tienen que operar en 15 dias del tunel carpiano.
pregunto la baja por la operacion me la dara medico cabecera o sera el icam el que me teng que dar la nueva baja por otra patologia.
gracias
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Durante los 6 meses que siguen al alta de ICAM todas las bajas las tienen que dar ellos, sean por el motivo que sean, exceptuando las motivadas por accidentes.
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Buenas tardes, en abril de 2014 tras una caida en la que me dieron convulsiones me detectaron un tumor cerebral, tras el susto inicial pues poco a poco me fui recuperando, he estado con mucha medicación (alguna la tendré de por vida) me hicieron radioterapia y bueno poco a poco aunque fuera muy lento he ido y aun sigo mejorando, pasaron los 12 meses y otros 6 que han terminado ahora, fui al INSS y me dijeron que me pasarían a IP, yo le comenté a la inspectora que me gustaría volver a trabajar (es en una oficina) a lo que la inspectora me dijo que bueno que podían darme otros 6 meses mas creyendo que podía mejorar aun mas, mis dudas es si esto es cierto y puedo estar 6 meses mas (ya digo que quiero trabajar, pero aunque parezca raro no quiso darme el alta hasta no ver la siguiente resonancia y visita al neurocirujano) y la segunda una vez superados los 18 meses quien se hace cargo de mi sueldo y mi cotización ya que hay quien me comenta que la INSS y quien dice que es la empresa la que corre con todos los gastos, gracias por contestar y perdon por el tocho, un saludo
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A partir de los 12 meses la empresa ya no se hace cargo de la baja, de ahí hasta el alta o la Incapacidad los responsables del pago son el INSS o la mutua gestora.
En su caso si le dan una prórroga de 6 meses más seguirá cobrando como lo ha estado haciendo desde los 12 meses.
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Gracias por la respuesta, la cosa es saber si a partir de los 18 meses sigue pagando el INSS (y la empresa ya no pagaria las retenciones o impuestos) o nuevamente pasa a la empresa cargando con todos los pagos, gracias nuevamente
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Desde hace años ya no es a partir de los 18 meses que deja de pagar la empresa, sino a los 12 meses. Desde ese momento, cuando llega la resolución del INSS de prórroga, la empresa deja de pagar y es la mutua gestora la que paga, aunque usted siga cobrando a través de su empresa si sigue contratado por ella.
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Disculpe mi pesadez, es verdad que desde los 12 meses pasé a cobrar por la Seguridad Social pero a su vez el descuento que hacian sobre mi seguro social desapareció y volvían a pagar como si yo estuviera trabajando, la pregunta que le hago (y vuelvo a pedirle disculpas por repetirme) a partir de los 18 meses siguen haciendo los mismos pagos hasta los 24 o la empresa deja de pagar tambien seguros sociales por mi, el sueldo si que me lo paga Seguridad Social.
Gracias y un saludo
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Seguirá exactamente igual que ha estado desde los 12 a los 18 meses, porque le han concedido una prórroga especial a su situación.
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Hola si fuera tan amable d Ayudarme mi pregunta es tengo derecho a k me pague la seguridad social estando de baja temporal y mi jefe me da por terminado el contrato llevo 8 años trabajando como empleada de hogar en la misma casa y ahora k me puse mala y estoy de baja a decidido despedirme con una carta disciplinaria lógico así pierdo todos mis derechos me dicen k puedo hacer una conciliación y k no me deje de mi dichoso jefe me ayuda por favor? Muchas gracias desde ya.
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Si cumple con los requisitos que pide el INSS para tener derecho a cobrar, pues claro que podrá hacerlom
Le aconsejo que acuda a las oficinas de la Seguridad social de su ciudad y allí le informaran, sobre todo, por ejemplo de si tiene el tiempo mínimo que se pide de cotiización y que varía según la edad (en el post de IT o todo sobre la baja lo comento y pongo la tabla).
También le indicarán cúal es su mutua gestora) donde también le pueden ayudar.
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Como podría ser a que mutua estoy asegurado, mi caso .Me lesione los ligamentos jugando de la rodilla la empresa me pago los dias del mes que tabaje pero los de baja no y no se que hacer la empresa no se no coje tlf y no se en que mutua estoy
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Para saber cúal es la mutua gestora de su empresa puede ir a la oficina del INSS más cercana y preguntarlo, también allí le podrán informar de lo que ha de hacer.
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Hola! Mi mujer esta embarazada de 18 semanas, vivimos en Valencia, pero es profesora y este curso esta trabajando en Huelva, aunque su ginecóloga esta aquí y quiere dar a luz aquí (en Valencia). Tiene 45 años y es un embarazo de riesgo. De momento se encuentra bien aunque las piernas se le hinchan bastante y la espalda le molesta. Su médico de cabecera de Huelva le ha dicho que si sigue con molestias le dará la baja….en ese caso se podría venir a Valencia y seguir aquí sus revisiones o tendría que quedarse en Huelva? O en uno de los viajes a Valencia le podrían dar la baja aquí? Muchas gracias
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Las bajas tanto laborales como maternales se pueden dar en cualquier lugar, en el momento que son necesarias, luego es el médico de familia que nos corresponde el que tiene que hacer el seguimiento.
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Muchas gracias!!!! Entonces si se la dieran en Valencia podría cambiarse el médico aquí para no tener que ir a renovar a Huelva? Y para no tener que ir a Huelva para pedir la baja maternal cuando nazca el niño….o al trabajar en Huelva habría de ser allí las renovaciones? Gracias de nuevo….
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Yo diría que una vez en Valencia cambie, si está empadronada en Huelva, el empadronamiento y entonces le asignaran un médico de familia, si en Huelva está como «desplazada» no tendría que pedirlo. Una vez hecho esto ya puede ir a su médico y si éste lo cree oportuno coger la baja.
Los cambios se piden en el centro de salud que tenga más cerca de su hogar.
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Muchísimas gracias de nuevo!!! Entonces a la inversa también podría ser? Si le dan la baja en Huelva podría venir a Valencia a recuperarse y cambiar al médico de Valencia y este darle las renovaciones de las bajas? Disculpa tantas preguntas…esta ya es la ultima….
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Efectivamente.
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Hola la mutua m dar la alta por fractura antigua q m ha roto el cartilago, y m fui a trabajar 14 días y m fui a pedir la baja medico de cabezera esto es recaida. ?…
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Se considera recaúda siempre que la baja sea por el mismo motivo y no hayan pasado 6 meses desde el alta.
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Si es el mismo motivo q pasos tengo q hacer
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Si la baja primera la llevó su médico de cabecera y ella le dió el alta será ella quien se haga cargo.
Si fue un accidente de trabajo y la mutua le dió el alta se hará cargo la mutua.
Y si fue el INSS el que le dió el alta son ellos los que deben darle o validarle la nueva baja, ya que es una recaída.
Le expongo los 3 casos porque no sé cuál es el suyo.
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Primero la mutua m dio el alta por que la fratura antigua provocó la lesión , pero m di cuenta en el trabajo, y al cabo de 14 días m di e baja medico e cabezera no podía aguantar de dolor
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Era un fratura de 30 años
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Si el alta se la dió su médico de familia entonces es él quien le ha de dar la baja por recaída.
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Esto no significa q puede ver subsidio
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El alta la mutua y la baja medico de cabecera
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Buenas noches gracias
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Si la baja la dió el médico de familia el alta no la pudo dar la mutua.
Las mutuas sólo dan las altas de sus bajas: Enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Lo que hacen en caso de ser una baja por contingencia común (medico familia), y ser ellos los gestores, si no están de acuerdo, envían al paciente a Inspección Médica, y son ellos (EVI,ICAM o INSS) los que dan el alta, en estos casos, que por lo que dice supongo que es el suyo, sólo puede dar una nueva baja Inspección medica, en los 6 meses siguientes al alta.
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El subsidio de espera lo pagan las mutuas gestoras cuando dan un alta con propuesta de Incapacidad, desde el día de dicha alta hasta que llega la resolución del INSS.
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Hola,yo tengo una espondilitis anquilosante desde los 16 años,una enfermedad degenerativa con dolor.En mi actual trabajo me meten servicios de plantón que con el dolor que tengo cuando termino no me puedo doblar y estoy completamente rígido. Mi pregunta es si mi médico de cabecera me puede hacer un escrito para la empresa comentándoles que no puedo hacer ese tipo de servicios tan agresivos para mi problema y que me adapten uno que pueda compaginar estar de pie con estar sentado?.Yo entiendo que no habría problema pero me gustaría saber su opinión. Muchas gracias
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El informe se lo han de hacer los médicos de salud laboral, pregunte en su centro de salud y ellos le diran cómo tiene que pedir hora.
De todas formas estos informes no obligan a la empresa a buscarle otro puesto de trabajo, sólo lo aconsejan, después depende del interés de su empresa en ayudarle y de que haya un puesto libre que se adapte a sus circunstancias.
Un saludo.
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Estuve de baja 52 semanas por la rodilla izquierda esperando una operación, la inspección me dio el alta, reclame pero no me dieron la prorroga, fui a trabajar y a las 2 semanas fui a la mutua por la rodilla derecha y me hicieron una radiografía y dictamina gonalgia y gonartrosis y me envía al medico de cabecera, el me envía a la inspección pues no podía darme la baja sin que lo valore la inspección, me ve la inspección y dictamina que es otra patología, por lo cual el medico de cabecera me da la baja, no pasaron 8 días y me vuelve a llamar la inspección esto es posible, al ser otra patología no tiene que pasar las 52 semanas?
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Es posible; no tienen que pasar 52 semanas para que le llamen desde Inspección Médica, ese es el tiempo máximo que puede estar de baja sin que haya pasado por la Inspección, pero pueden citarle desde el primer día de baja.
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Hola buenaS tardes desearia realizar una pregunta. Cuando estas de baja por accidente laboral y la empresa te despidio te cotiza la mutua en la seguridad social.
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Si, la mutua gestora sigue cotizando a la SS.
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Hola, estoy embarazada de 31 semanas, embarazo de riesgo por fiv y otros motivos, al principio del embarazo estuve de baja por riesgo de aborto, la inspección me dio de alta y he seguido trabajando hasta ahora, he intentado darme de baja por placenta previa con sangrado, he tenido que ir tres veces a urgencias por sangrado y en una tenía contracciones, la inspección me ha denegado la baja a pesar de tener informes de urgencias y de la consulta de alto riesgo, ahora no se que hacer, pensaba que con los problemas que tengo y el estado avanzado de embarazo no tendría problemas, he reclamado y les he pedido que ellos me vean pero me han dicho que puede tardar y a es posible que me ponga de parto antes de que me vean, que puedo hacer? Gracias
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Me parece extraño que en esta situación Inspección Médica no le de la baja, supongo que lo que le deben decir es que coja la baja maternal ya que la patología que presenta no es debida a enfermedad común sino al embarazo, las bajas debidas a él han de ser consideradas bajas maternales, aunque entiendo que usted no quiera perder días de estar con su bebé, pero legalmente es así…
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Gracias por contestar, me han dicho que eso no es motivo de incapacidad, ahora tengo que reclamar pero dudó que sirva de algo
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Coja la baja maternal (es lo que quieren decir con lo de que su situación no es motivo de Incapacidad temporal por enfermedad común), y después si quiere reclame, ahora lo importante es su salud y la de su bebé.
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hola si estoy embarazada y no voy a trabajar por moivos de salud sin embargo no llevo la incapacidad me pueden hechar
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Por supuesto. El hecho de no acudir a nuestro puesto de trabajo y no justificar (de forma objetiva) la ausencia, es una falta grave, y puede ser motivo de despido.
Si no se encuentra bien ha de ir a su centro de salud y que le justifiquen con la baja su ausencia.
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